Agente DMCA y notificaciones de infracción
Última actualización: 17 de agosto de 2026
Agente designado ante la U.S. Copyright Office, procedimiento de notificación y contranotificación, y política de infractores reincidentes.
1. Agente designado
Conforme al artículo 512(c)(2) del Título 17 del Código de los Estados Unidos, Veritas Nexus Legal LLC ha designado un agente para recibir notificaciones de presunta infracción de derechos de autor. La designación está registrada ante la Oficina de Derechos de Autor de los Estados Unidos con el número DMCA-1063815.
- Agente designado: Veritas Nexus Legal LLC — Departamento de Derechos de Autor
- Correo electrónico: dmca@veritasnexuslegal.com
- Dirección postal: Veritas Nexus Legal LLC, Florida, Estados Unidos de América
- Teléfono: disponible bajo solicitud escrita a dmca@veritasnexuslegal.com
- Registro ante la U.S. Copyright Office: DMCA-1063815
2. Cómo notificar una infracción
Si crees que un contenido accesible a través de este servicio infringe tus derechos de autor, envía una notificación escrita al agente designado. Para ser eficaz conforme al artículo 512(c)(3)(A), debe incluir todos los elementos siguientes.
- Firma, física o electrónica, de la persona autorizada para actuar en nombre del titular del derecho presuntamente infringido.
- Identificación de la obra protegida que se considera infringida.
- Identificación del material presuntamente infractor y datos suficientes para localizarlo: preferiblemente el enlace público de verificación completo.
- Datos de contacto suficientes: nombre, dirección, teléfono y correo electrónico.
- Una declaración de que crees de buena fe que el uso no está autorizado por el titular, su agente o la ley.
- Una declaración de que la información de la notificación es exacta y, bajo pena de perjurio, de que estás autorizado para actuar en nombre del titular.
Recibida una notificación eficaz, retiramos o inhabilitamos con prontitud el acceso al material señalado y avisamos a quien lo registró.
3. Contranotificación
Si tu contenido fue retirado y consideras que se hizo por error o por identificación equivocada, puedes enviar una contranotificación al mismo agente, conforme al artículo 512(g)(3), incluyendo tu firma, la identificación del material retirado y su ubicación anterior, y una declaración bajo pena de perjurio de que crees de buena fe que la retirada fue errónea.
Deberás además someterte a la jurisdicción del tribunal federal de distrito de tu domicilio o, si resides fuera de los Estados Unidos, de cualquier distrito en el que pueda hallarse el prestador, y aceptar la notificación de emplazamiento de quien presentó la reclamación original. Transmitida tu contranotificación, restablecemos el material entre diez y catorce días hábiles después, salvo que el reclamante nos comunique haber iniciado acciones judiciales.
4. Infractores reincidentes
Conforme al artículo 512(i)(1)(A), aplicamos una política de terminación de cuentas de infractores reincidentes. Dos notificaciones fundadas y no impugnadas sobre una misma cuenta activan una advertencia; la tercera activa la terminación del acceso. Ante infracciones manifiestas, la terminación puede ser inmediata. El texto completo figura en los Términos de servicio.
5. Advertencia sobre declaraciones falsas
El artículo 512(f) establece que quien tergiverse conscientemente y de forma sustancial que un material es infractor —o que fue retirado por error— responde de los daños, incluidas las costas y los honorarios de abogado, en que incurran el presunto infractor, el titular del derecho o el prestador del servicio. No presentes una notificación ni una contranotificación sin estar seguro.
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